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La Generalitat Valenciana está a punto de lanzar ayudas para la financiación de hasta el 100% los gastos derivados de la digitalización de documentos de archivos con una antigüedad de 50 años o superior

400.000

Importe máximo para esta convocatoria

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios?

  • Los municipios que realicen inversiones en la digitalización y en la restauración de la documentación histórica con una antigüedad de 50 años o superior existente en el archivo municipal.

¿Qué gastos son subvencionables?

  • El tipo de equipación para la mejora de instalaciones
  • Los trabajos de digitalización (realizados por empresas profesionales).
  • Los trabajos de restauración (realizados por personal técnico de restauración especializado).

¿Cuál es el plazo de solicitud?

  • El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles.
  • Las solicitudes de subvención se presentarán exclusivamente por vía telemática.
  • Para poder tramitar electrónicamente la solicitud, se deberá tener alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Generalitat.

Plazo de tramitación y presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud.

Las solicitudes de subvención se presentarán exclusivamente por vía telemática por medio del acceso a la sede electrónica de la Generalitat accediendo al procedimiento correspondiente a esta convocatoria, o directamente a través de la dirección de internet siguiente: http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=16631.

Para poder tramitar electrónicamente la solicitud, se deberá tener alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Generalitat.

Plazo de resolución y notificación:

  • El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de seis meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria. Transcurrido este plazo, sin que se haya notificado resolución expresa, las solicitudes se considerarán desestimadas por silencio administrativo, en conformidad con lo que dispone el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • La denegación de la subvención tendrá que ser motivada y las razones se harán constar en la resolución.
  • La resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, que producirá los efectos de notificación, según lo que dispone la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre y el artículo 18 de la Ley general de subvenciones.

Ayudas para la digitalización a ayuntamientos de la Comunitat Valenciana

El objetivo es convocar para el ejercicio 2021 las subvenciones destinadas a financiar los gastos derivados de la digitalización y de la restauración de documentos de archivos con una antigüedad de 50 años o superior, así como a los gastos derivados de la adquisición de equipación para la correcta conservación y utilización de los fondos documentales, existentes en los archivos municipales de la Comunitat Valenciana. Estas subvenciones contribuirán a la financiación de los citados gastos, hasta el máximo del 100% del coste de la inversión realizada.

Preservación documental

¿CÓMO BENEFICIARTE DE ESTA AYUDA?

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