AYUDA A STARTUPS GALLEGAS IG408G
Ya sea que quieras implementar una nueva solución digital o tengas una idea, pero no cuentes con los recursos o apoyo suficiente para poner tu estrategia en marcha, UNAYTA te cuenta cómo hacerlo y con la posibilidad de que te cueste CERO EUROS.
¿CON QUÉ OPORTUNIDADES CUENTO?
¡Si te encuentras dentro de Galicia, estas de suerte!
El Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) ha anunciado ¨IG408G Ayuda a Startups¨, una ayuda dedicada a promover la actividad emprendedora de startups gallegas de carácter innovador a partir de enero 2024.
UNAYTA te presenta una guía informativa que te ayudara a entender esta oportunidad y los aspectos más importantes que debes tener en cuenta. Nuestro equipo especializado está listo para asistirte en todo el proceso de solicitud, garantizando una experiencia sin complicaciones. ¡Envíanos tus preguntas a nuestro correo unayta@unayta.es!
Si te encuentras fuera de Galicia, o no cumples con los parámetros mínimos para optar por esta ayuda, visita nuestra página web para que conozcas más sobre el Kit Digital y como UNAYTA te puede asistir como Agente Digitalizador.
PROBLEMÁTICA ACTUAL
La digitalización de procesos y documentación administrativa ha emergido como una herramienta esencial para startups y empresas en crecimiento, transformando radicalmente el potencial que estas empresas tienen para desarrollar un modelo de negocio adaptado a las demandas del mercado y las necesidades de sus clientes. Eliminar la dependencia de procesos manuales y papel no solo optimiza el tiempo empleado en tareas administrativas, sino que también disminuye los gastos asociados con consumibles y almacenamiento físico. La digitalización documental permite que las empresas pueden recopilar datos valiosos en tiempo real, los cuales generan la capacidad interna de ajustar estrategias comerciales y responder ágilmente a los obstáculos del día a día.
AYUDA A STARTUPS GALLEGAS IG408G – GUÍA
¿Cuál es el propósito principal de la ayuda IG408G para startups?
Fomentar la actividad de las startups gallegas o con centro de trabajo en Galicia, subvencionando los gastos e inversiones que realicen desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de la solicitud de la ayuda.
Esta convocatoria se financia con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Galicia. Este régimen de ayudas sujeto al régimen de minimis de la Unión Europea.
¿Quiénes son los beneficiarios elegibles para esta subvención?
Empresas emergentes/startups gallegas o con un centro de trabajo en Galicia que cumplan con las siguientes condiciones:
- Startups de ciencia, la tecnología y la innovación de reciente creación, es decir, que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o registro de cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general.
- Para empresas de biotecnología, energía, e industriales, la fecha de aplicabilidad se extiende, con los mismos requisitos, a un máximo de 7 años.
Existen condiciones adicionales de elegibilidad, las cuales están especificadas en el artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre.
¿Qué deben tener en cuenta los beneficiarios antes de aplicar?
Para acceder a estas ayudas, las startups deberán cumplir, además, por lo menos, una de las siguientes condiciones en el momento de solicitar la ayuda:
- Disponer de la certificación de ENISA prevista en la Ley 28/2022.
- Disponer de la certificación EA 0047:2015 o EA 0043:2015 de pyme innovadora o joven empresa innovadora, respectivamente.
- Disponer de la marca EIBT de empresa innovadora de base tecnológica otorgada por la Asociación Nacional de Centros Europeos de Empresas e Innovación (ANCES).
- Acreditar la cualificación de Iniciativa de empleo de base tecnológica de la Xunta de Galicia (EIBT).
- Acreditar mediante certificado al efecto emitido por el centro de origen el carácter de Spin-off de las universidades, de los centros de formación profesional o de centros tecnológicos.
- Haber participado en algún proceso de aceleración en iniciativas con participación pública de la Xunta de Galicia en su desarrollo (Viagalicia, BFAuto, BFAero, BFFood, Turislab, Galicia Avanza).
- Estar inscritas en el Registro de Pymes Innovadoras del Ministerio de Ciencia e Innovación.
No podrán tener la condición de personas beneficiarias las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, o incumplan las obligaciones del artículo 11 de la citada ley.
¿Hay plazos que los solicitantes deben tener en cuenta?
El plazo comenzará a las 8.00 horas del 2 de enero de 2024 y finalizará a las 14.00 horas del 30 de septiembre de 2024, o hasta el agotamiento de créditos.
¿Cuáles son las actividades subvencionables y sus condiciones?
No existe un límite con respecto a las actividades subvencionables siempre y cuando promueva la actividad emprendedora con carácter innovador.
Las inversiones deberán mantenerse en la empresa beneficiaria durante un período mínimo de 3 años a contar desde la fecha de la resolución de concesión de la ayuda.
Los activos fijos, materiales o inmateriales que se adquieran deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Deberán ser nuevos
- Adquirirse en propiedad por la empresa
- Ser adquiridos a terceros
- Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores
- En ningún caso los gastos subvencionables podrán ser superiores al valor de mercado
- No serán subvencionables en ningún caso impuestos, intereses y gastos financieros, y tasas
Podrán ser subvencionables cualquier gasto o inversión en los que incurra la startup desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de la solicitud de ayuda
¿Cuánto dinero se ofrece a través de esta subvención?
El importe mínimo de gasto subvencionable deberá alcanzar 10.000 € y tendrá un máximo de 20.000 € para los gastos realizados (devengados y pagados) por la startup durante el período subvencionable. La ayuda es del 100% y en caso de que rebase el máximo establecido (20.000 €), puede ser complementaria a un proyecto de mayor coste.
Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria son de 1.500.000,00 euros.
¿Cuáles son los parámetros de compatibilidad de esta ayuda?
Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para los mismos gastos.
Debido a que esta ayuda está sujeta al régimen de minimis, se deberá garantizar que de recibir la empresa beneficiaria otras ayudas bajo el régimen de minimis, estas no superen las siguientes cantidades durante un periodo de tres ejercicios fiscales:
- 200,000 euros (general)
- 100,000 euros en el sector de transporte de mercancías por carretera
- 40,000 euros en el sector de la pesca
- 20,000 euros en el sector agrícola
En caso de obtener otras ayudas o subvenciones, el beneficiario deberá informar al IGAPE inmediatamente y, en todo caso, cuando se presente la documentación justificativa de los mismos. En todo caso, antes de conceder la ayuda, se requerirá del solicitante una declaración escrita o en soporte electrónico, sobre cualquier ayuda recibida para los mismos gastos. El incumplimiento de estas condiciones se considerará una alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda y podrá dar lugar a un procedimiento de reintegro.
¡Envíanos tus preguntas a nuestro correo unayta@unayta.es!